Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar estadísticas de perfiles de visitantes. Terceros podrán usar en otros sitios web la información para mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Aceptar Cookies
Rechazar Cookies
Ver Cookies
Buscar
Noticias
La UE inicia un procedimiento antidumping sobre los paneles solares importados de China
28.09.2012
La UE inicia un procedimiento antidumping sobre los paneles solares importados de China

El pasado 25 de julio la Comisión Europea recibía una denuncia sobre la posible existencia de importaciones desde China de paneles solares y sus componentes clave (es decir, células y obleas) a precios inferiores al valor del mercado europeo; denuncia, proveniente de EU ProSun, asociación de más de 20 empresas europeas productoras de tales materiales, que representan más del 25% de la producción total de la UE.

 

Los indicios denunciados han llevado a la Comisión a abrir, el 6 de septiembre de 2009, una investigación antidumping a fin de averiguar si los productores exportadores de módulos fotovoltaicos y componentes clave, originarios de China, están haciendo dumping y causando un daño a la industria de la UE.

 

Para ver el anuncio del procedimiento antidumping publicado en el DOUE, pulse aquí.

 

El procedimiento de investigación ha de tener una duración de 15 meses, lo que implica que el Consejo tenga la obligación legal de tomar una decisión a más tardar el 5 de diciembre de 2013.

 

El primero de los pasos dentro de la investigación será el envío de cuestionarios por parte de la Comisión a diversas partes interesadas (productores exportadores, productores de la UE, importadores y asociaciones) solicitando información, entre otras cosas, sobre las exportaciones, la producción, las ventas y las importaciones de los paneles solares y de sus componentes clave, los cuales deberán ser devueltos como máximo el 26 de noviembre de 2012.

 

En los meses siguientes, concretamente, antes del 6 de junio de 2013, la Comisión deberá emitir sus conclusiones provisionales, decidiendo si se imponen medidas antidumping provisionales, continúan con la investigación sin la imposición de derechos provisionales o dan por terminada la investigación.

 

Tras ello comenzará el procedimiento de interés de la Unión, en el cual se examinará si la posible imposición de medidas antidumping sería en general más costosa que el beneficio que dichas medidas repercutiría a los denunciantes. En definitiva, se analizará la imposición de medidas definitivas.

 

Para ver el esquema de fechas del Caso AD590 - Paneles Solares (Módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes principales), pulse aquí (disponible en inglés).

Histórico
Buscar
<  1 · 2 · 3 · 4 · 5 · 6 · 7 · 8 · 9 >
Manuel Samper SLU, Agente de Aduanas. NIF: B54760152.
Calle Moratín 25, Entlo. 03008 Alicante, ES Tfno. 965 928 740 / Fax 965 986 570
Validación XHTML W3C   Validación CSS W3C
www.clicwow.es