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Modificación de las Declaraciones sumarias de entrada para incluir a los OEAs de terceros países con acuerdos de reconocimiento suscritos con la UE.
25.01.2013
Modificación de las Declaraciones sumarias de entrada para incluir a los OEAs de terceros países con acuerdos de reconocimiento suscritos con la UE.
En el DOUE de ayer, 24 de enero de 2013, era publicado el Reglamento de ejecución (UE) nº 58/2013 de la Comisión, de 23 de enero de 2013 por el que se modifica el Reglamento de aplicación del Código Aduanero a los efectos de incluir en las declaraciones sumarias de entrada los números de identificación de los operadores económicos autorizados (OEA) de terceros países con acuerdos de reconocimiento mutuo suscritos con la Unión Europea (UE).


Para ver el texto del Reglamento en el DOUE, pulse aquí.


La UE viene firmando acuerdos con terceros países, como Japón y EEUU, con la finalidad de reconocer a los operadores certificados con figuras equivalentes al OEA en dichos países.


Para que a tales operadores de terceros países puedan concedérseles las facilitaciones consecuencia de los reconocimientos mutuos suscritos, la UE ha adaptado el Anexo 30 bis del Reglamento de aplicación del Código Aduanero a fin de que se les pueda identificar.


Por ello, con este Reglamento de ejecución, en las declaraciones sumarias de entrada se podrá indicar, a partir del 31 de enero de 2013, a los operadores económicos que participan como miembros en programas de asociación comercial de terceros países, marcando el número del expedidor cuando dicho número se haya comunicado a la UE.


Este número estará compuesto por la identificación de tercer país (código alfa 2 de país de la ISO, por ejemplo, US para EEUU) y el número de identificación único en un tercer país.
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Manuel Samper SLU, Agente de Aduanas. NIF: B54760152.
Calle Moratín 25, Entlo. 03008 Alicante, ES Tfno. 965 928 740 / Fax 965 986 570
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