Como consecuencia de las modificaciones del artículo 167.2 de la Ley 37/92, del IVA, se facultó a que determinados operadores, con liquidación de IVA mensual, pudieran diferir el ingreso del IVA a la importación al tiempo de presentar la correspondiente declaración-liquidación, a través de la inclusión de dichas cuotas en el modelo 303.
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Uno de los requisitos, previstos en vía reglamentaria, es que el operador que quiera optar por este sistema lo solicitase como muy tarde el 30 de noviembre del año anterior.
Por ello, ante la cercanía del vencimiento de dicho plazo, aprovechamos para recordaros que quien quiera optar por este sistema de liquidación del IVA a la importación de cara al próximo año 2016, deberá solicitarlo antes de que finalice este mes.