Este jueves 15 de noviembre de 2012 entraban en vigor, hasta el 31 de diciembre de 2013, las nuevas preferencias arancelarias establecidas para algunos productos con origen Pakistán como tejidos, textiles o calzado a través del Reglamento (UE) nº 1029/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
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Dicho Reglamento viene a regular que determinadas mercancías originarias del país pakistaní puedan llegar a importarse libre de aranceles (citadas en el Anexo I del Reglamento) o libre de derechos pero en el marco de unos contingentes fijados (Anexo II del texto normativo).
Asimismo, las autoridades europeas condicionan que para poder acogerse a las preferencias arancelarias conferidas por este texto, en el certificado de origen (FORM-A), se concrete, en su casilla cuarta, de forma específica la indicación de ”Medida autónoma - Reglamento (UE) nº 1029/2012".
Igualmente, los beneficios están supeditados a que las importaciones de los productos contenidos en los referenciados anexos no se incrementen, ni en 2012 ni en 2013, más de un 25 por ciento respecto al periodo 2009-2011.